Entrada en vigor: 03/13/2019
Incorpora al derecho español la Directiva 2014/57 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado, la Directiva 2017/541 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo, y la Directiva 2017/1371 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
La transposición de la Directiva 2014/57 / UE contempla la incorporación de tres tipos penales diferenciados relacionados con el abuso de mercado
La transposición de la Directiva 2017/541 / UE supone la incorporación de la exigencia de imposición de una pena máxima a los dirigentes de una organización o grupo terrorista, pasa a ser absoluta la pena de inhabilitación e incluye entre los delitos terroristas la falsedad documental. Además, extiende la responsabilidad penal de las personas jurídicas a la comisión de cualquier tipo de delito de terrorismo.
Completa la transposición al derecho español de la Directiva 2014/62 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación.
Adapta la normativa penal española al Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos, hecho en Santiago de Compostela el 25 de marzo de 2015.
La reforma afecta al Código penal: modifica los arts. 156 bis, 284, 285, 286 bis 1, 288, 305.3, 308, 386.1 y 5, 387, 423, 427, 431, 572, 573.1, 575.3. Incorpora la letra a bis) del art. 127 bis.1, los art. 285 bis, 285 ter y 285 cuarto; el apartado 5º del art. 435, el art. 435 bis, el art. 580 bis. Eliminar el apartado 5 del art. 576.